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PENSIONES DE VIUDEDAD Y PENSIONES DE ORFANDAD
Con fecha 17 de abril de 2012 hemos recibido sentencia estimatoria del Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco estimando que sea acrezca la pensión de orfandad con el importe de la de viudedad no generada a la muerte del o la causante por el o la otra progenitora.
Tras la batalla legal ante la denegación de las pensiones de viudedad de las personas separadas, divorciadas y parejas de hecho, se abre un nuevo resquicio a través de las pensiones de orfandad.
Principalmente consideramos que ante la negación de una pensión de viudedad de las personas separadas/divorciadas/parejas de hecho, el sólo conceder el 20% de la base reguladora en concepto de pensión de orfandad entraña:
- Una discriminación indirecta para los hijos e hijas extramatrimoniales por razón de su filiación.
- Desigual trato de las y los hijos de matrimonios legalmente separados o divorciados.
Si te encuentras en esta situación, no dudes en consultar para poder analizar las posibilidades de reclamar. |